lunes, 24 de agosto de 2009

En caso de accidente laboral,

1- El empleador, trabajador o cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos deberá denunciar el accidente dentro de 24 horas de ocurrido en la Sucursal del INP más cercana al domicilio del empleador o del lugar donde se produjo el accidente.
Para ésto, se le proporcionará el formulario "Declaración Individual de Accidente" (DIAT), debiendo completar sólo las letras A, B y C de ese formulario y presentar, según corresponda:
Carnet de Identidad
Copia del Contrato de Trabajo
Anexo DIAT para funcionarios públicos
Tres últimas planillas de pago de cotización INP

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